CGT CLARIANT EN LUCHA

REGISTRO DE IP

domingo, 3 de junio de 2007

IMPORTANTE

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VIII LEGISLATURA
Serie II: PROYECTOS DE LEY
8 de septiembre de 2006

Núm. 67 (c)
(Cong. Diputados, Serie A, núm. 59 Núm. exp. 121/000059)

Artículo 18.

Se añade una nueva letra en el punto 6 del artículo 18 con el siguiente redactado:

«d) Los derivados del acceso a Internet y uso del correo electrónico por el órgano de representación o del comité restringido.»
JUSTIFICACIÓN
Asegurar el acceso y uso de las nuevas tecnologías. El Tribunal Constitucional, en su Sentencia de 7 de noviembre de 2005, reconoció el derecho de los sindicatos a utilizar los medios preexistentes en la empresa, asumiendo el empresario los costes. El empresario está obligado a dotar a los locales sindicales de los medios materiales y la infraestructura informática necesaria para la difusión y comunicación de la Sección Sindical con los trabajadores y su sindicato.

sigue..............

recibido en CGTCLARIANT@gmail.com

RECONOCIDO EL DERECHO DE ACCESO A INTERNET Y LA UTILIZACIÓN
DEL CORREO ELECTRÓNICO
La larga batalla jurídica y sindical demandando la obligación de las empresas
de dotar al Comité de Empresa y Secciones Sindicales de acceso a Internet y
la informatización de los locales sindicales
; está llegando a un final positivo.
El Tribunal Constitucional en su Sentencia de 7 de noviembre de 2005,
reconoció el derecho del sindicato a utilizar los medios preexistentes en la
empresa. Asumiendo el empresario los costes e imponiéndole la obligación de
dotar a los locales sindicales de los medios materiales y la infraestructura
informática necesaria para la difusión y comunicación de la Sección Sindical
con los trabajadores y su sindicato
.
Los representantes de U.S.O. en la empresa GONVARRI de Burgos han
conseguido el reconocimiento del derecho de acceso a Internet y la
utilización del correo electrónico en Sentencia de 20 de enero de 2006
siendo la primera Sentencia en la que se aplica el criterio y fundamento del
Tribunal Constitucional, que U.S.O. ha venido defendiendo.
QUE NI UNA SOLA DE NUESTRAS SECCIONES SINDICALES EN
EMPRESAS DE MÁS DE 250 TRABAJADORES SIGA SIN
INFORMATIZACIÓN, INTERNET Y CORREO ELECTRÓNICO
Esta reciente Sentencia obtenida por los compañeros de U.S.O. – GONVARRI,
ha de servir como revulsivo para reclamar en la empresa o en su defecto en el
Juzgado de lo Social, la informatización del local sindical adecuado al que
tenemos derecho.
Nota: Adjuntamos copia de la Sentencia de GONVARRI

Gracias Endi

El artículo 197 del Código Penal, tan invocado frente a hackers, protege la intimidad (sin excepción alguna), estableciendo penas de hasta cuatro años de cárcel para aquellos que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otros, sin su consentimiento, se apoderen de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepten sus telecomunicaciones o utilicen artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación. Un enunciado de lo más exhaustivo, y que no prevé excepción alguna.
BOLSA-ZURICH-CIERRE
La Bolsa de Zúrich cierra con descenso del 0,14%
Fecha: 30/5/2007 Fuente : EFE

Zúrich, 30 may (EFECOM).- La Bolsa de Valores de Zúrich retrocedió hoy 13,24 puntos, lo que supone un descenso del 0,14% respecto a la jornada anterior y sitúa el índice general SMI (Swiss Market Index) en 9.382,77 puntos.

Entre las aseguradoras, Zurich Financial y Swiss Life fueron los valores que más retrocedieron, al caer el 1,13 y el 0,98%, respectivamente, mientras que los títulos de Baloise se depreciaron el 0,39% y la reaseguradora Swiss Re cerró sin cambios.

Syngenta fue la química que registró mayores pérdidas, al caer el 1,05%, seguida por Clariant, que se devaluó el 0,72%; Ciba, cuyos títulos se depreciaron el 0,7%, y Lonza, que cayó el 0,5%.

DOCUMENTOS RECIBIDOS

os facilito un documento recibido, y de paso recordar que si teneis algo que quereis publicar lo mandais a:

CGTCLARIANT@gmail.com

El juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid ha adoptado medidas cautelares contra la empresa Panrico S.A. y ha llamado a declarar al jefe de personal de la empresa tras la denuncia presentada por los trabajadores por vulneración del derecho de huelga y que tal y como señala un informe de la Inspección de Trabajo presentado en la denuncia, supone una "conducta delictiva" y que “persiste en el tiempo”.

En la denuncia, presentada por el Comité de Huelga de la empresa Panrico en el juzgado de guardia ayer, 9 de octubre, se denuncia la sustitución de los trabajadores en huelga mediante la contratación externa, utilizando trabajadores de otras empresas o de ETT, así como recurriendo al “esquirolaje interno”, ordenando a trabajadores ajenos a la distribución a que ocupen los puestos de trabajo de los huelguistas.





Ante esta situación, el juez considera que "procede la adopción de medidas urgentes de protección a las víctimas y de consignación de pruebas susceptibles de desaparición o manipulación interesada", lo cual encomienda a "la Unidad de la Policía Municipal que ya investiga los hechos por encargo de la Fiscalía de Madrid".

Por otra parte, acuerda que "la Policía Judicial verifique la identidad de los transportistas que trasladen mercancía desde los centros de producción de Panrico a fin de determinar si se trata de personas ajenas a la empresa o bien trabajadores autónomos contratados tras la huelga; una vez constatado, la policía deberá impedir que la mercancía salga de las instalaciones de Panrico", apercibiendo que lo contrario "sería una desobediencia grave a la autoridad judicial".

Fiscalía

Por otra parte, se espera que la Fiscalía de Madrid resuelva sobre la responsabilidad penal que le corresponde a la empresa por los hechos citados dado que Inspección de Trabajo levantó acta por la vulneración del derecho de huelga e inició expediente sancionador del que dio traslado a esta instancia.

La huelga de los trabajadores del sector de ventas, distribución y logística de Panrico Madrid comenzó el pasado día 10 de septiembre, a la que se sumó la huelga de hambre que los 12 representantes de CCOO mantienen desde el 12 de septiembre, sin que hasta el momento la empresa haya mostrado su disposición a abrir un proceso negociador que pueda poner fin al conflicto.

Unas movilizaciones llevadas a cabo ante la sustitución de trabajadores fijos por autónomos y la absoluta falta de respeto y acatamiento a de las sentencias judiciales por parte de la empresa, que está actuando con total impunidad, condenando a los trabajadores al más absoluto desamparo.